
*Requisitos de contratación. Domiciliación de Nómina o Pensión superior a 600 euros mensuales y contratación de un Plan de Pensiones con un ingreso mínimo anual de 600 euros. Si se incumpliera en algún momento cualquiera de estos requisitos, el diferencial se incrementaría en 0,50 puntos hasta alcanzar los 0,75 puntos. T.A.E. resultante 6,29%.
Revisiones: anuales. Limites de variación: Mínimo, 3,5%; máximo, 12%. Compensación por desistimiento total: 0,50% y a partir de 61 meses, 0,25%, pudiéndose particularizar hasta el 0%. **T.A.E. calculada para un importe de 100.000 euros a 30 años con un tipo referenciado al Euribor a 1 año + 0,25. Bonificación de intereses cumpliendo todos los requisitos. Referencia para el cálculo de intereses: Referencia Interbancaria a un año (euribor) correspondiente al mes de junio de 2008 (5,361%)..
Publicidad financiera autorizada por la Consejería de Economía y Empleo de la Junta de Castilla y León con fecha 28 de Julio de 2008.
RBE: 1815/08
